El Instituto Nacional Electoral (INE) se mantiene firme en su postura: no puede cancelar candidaturas al Poder Judicial en la etapa de campañas.
Contexto: La Reforma Judicial y los Comités de Evaluación
En un fallo por unanimidad, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó una solicitud realizada por los presidentes de la Cámara de Diputaciones y el Senado, quienes buscaban que el INE cancelara la candidatura de 26 aspirantes al Poder Judicial. La razón principal es que el INE no tiene las facultades constitucionales ni legales para tomar esta decisión, y la evaluación de estos perfiles debe ser realizada por los Comités de Evaluación establecidos en cada Poder de la Unión.
La solicitud del Congreso se basaba en que 18 de las candidaturas presentadas no cumplían con el requisito constitucional de gozar de buena reputación, y otras 8 no alcanzaban el promedio general de calificación requerido. Esta situación pone de manifiesto la complejidad del proceso para seleccionar a los jueces y jueces en México, donde se busca garantizar que las personas que ocuparán estos cargos cuenten con los méritos y la integridad necesarios.
El Papel de los Comités de Evaluación
La reforma judicial vigente en México establece que los Comités de Evaluación son los encargados de determinar si las aspirantes y los aspirantes al Poder Judicial cumplen con los requisitos establecidos, como buena reputación, honestidad, competencia y antecedentes académicos y profesionales. Estos comités se enfocan en identificar a las personas mejor evaluadas, aquellas que demuestran los conocimientos técnicos necesarios y que han destacado por su integridad.
El INE, en este momento de las campañas electorales (24 días antes de la elección), no puede realizar juicios de valor sobre las candidaturas. La consejera Guadalupe Taddei Zavala, presidenta del INE, explicó que esta evaluación debe realizarse en dos etapas: la primera al momento del registro de las candidaturas y la segunda, cuando se califica la elección. El objetivo es evitar influir en las preferencias de los votantes.
¿Qué Puede Hacer el INE?
Si bien el INE no puede cancelar candidaturas, sí tiene la atribución de revisar la elegibilidad de aquellas que han sido electas y al momento de calificar la elección. Esto implica analizar los documentos y la información que se le remite, para verificar si aún cumplen con los requisitos establecidos. Esta revisión solo se realiza cuando la candidatura tiene posibilidades de recibir una constancia de mayoría.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Por qué el INE rechazó la solicitud del Congreso? El INE no tiene las facultades constitucionales ni legales para cancelar candidaturas en la etapa de campañas.
- ¿Quiénes son los responsables de evaluar las candidaturas? Los Comités de Evaluación, establecidos en cada Poder de la Unión.
- ¿En qué momentos se evalúan las candidaturas? Al momento del registro y al calificar la elección.
- ¿Qué puede hacer el INE en estas etapas? Revisar la elegibilidad de las candidaturas que han sido electas y al momento de calificar la elección, analizando los documentos y la información recibida.
- ¿Por qué se evita realizar juicios de valor en la etapa de campañas? Para evitar influir en las preferencias de los votantes.