El Debate sobre el Acceso de Menores al Ambiente Laboral
Llevar a los hijos al trabajo puede ser una situación que se presenta para algunas personas, especialmente cuando las oportunidades laborales son limitadas. Sin embargo, la pregunta de si esta práctica es legal en México ha generado un debate importante. Si bien no existe una prohibición explícita en la legislación laboral, las empresas y los trabajadores deben considerar los riesgos asociados a esta práctica. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los trabajadores no pueden realizar actos que pongan en peligro su seguridad, la de sus compañeros o la de terceros. Además, se espera que los trabajadores desempeñen sus labores con el cuidado y la atención necesarios, lo cual puede verse comprometido si están cuidando a sus hijos.
El artículo 135 de la LFT prohíbe que los trabajadores ejecuten cualquier acto que pueda poner en peligro su seguridad, la de sus compañeros o la de terceros, así como los lugares donde se lleva a cabo el trabajo. Asimismo, el artículo 134 de la LFT exige que los trabajadores realicen sus labores con la intensidad, cuidado y esmero necesarios, en forma, tiempo y lugar de trabajo. Esta exigencia puede verse comprometida si un menor de edad está presente en el ambiente laboral.
Diversos expertos legales han abordado este tema, señalando que si bien no existe una prohibición específica, los trabajadores deben abstenerse de llevar a sus hijos al trabajo. Diego García Saucedo, socio director en García Velázquez Abogados, enfatiza que los trabajadores no podrían desempeñarse con el mismo cuidado y atención si están cuidando a sus hijos. Además, los trabajadores tienen la obligación de garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, que a menudo no prevén la presencia de menores.
La Necesidad de Políticas Públicas y Adaptaciones Internas
Gabriel Abarca Villamonte, titular de la firma jurídica Abarca Abogados, destaca que existe una gran área de oportunidad para que los legisladores generen políticas públicas que apoyen el cuidado infantil. Si bien algunas empresas ya tienen políticas para garantizar el bienestar de los menores, esto a menudo se hace por razones de responsabilidad social corporativa, ya que no existe una ley que obligue al empleador a generar espacios para ellos. Abarca sugiere la creación de permisos con goce de sueldo para madres trabajadoras que no cuentan con redes de apoyo en periodos vacacionales. Este subsidio debería ser absorbido por el Estado a través de la seguridad social, evitando que se convierta en una carga impositiva para el empleador.
Diego García recomienda a las organizaciones generar adaptaciones a sus reglamentaciones internas que contemplen si se permite o no el acceso de menores de edad al ambiente laboral. Si un colaborador tiene la intención de algún día llevar a su hijo, debe acercarse previamente a su empleador para exponer la necesidad y evitar sorpresas. Es importante que el empleador entienda la carga de obligaciones que implica tener a un menor presente.
Tipos de Trabajos con Restricciones para Menores
Gabriel Abarca señala que existen organizaciones cuyo tipo de trabajo prohíbe explícitamente la asistencia de menores. Por ejemplo, empresas que operan en jornadas nocturnas, centros de trabajo donde se expira o consumen bebidas embriagantes, y trabajos donde existe el riesgo de que un menor pueda ser afectado en su moralidad o buenas costumbres.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Existe una prohibición legal de llevar a los hijos al trabajo en México? No, no existe una prohibición explícita, pero sí se espera que los trabajadores desempeñen sus labores con el cuidado y la atención necesarios.
- ¿Qué obligaciones tienen los trabajadores? Los trabajadores deben garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
- ¿Qué tipo de trabajos son incompatibles con la presencia de menores? Trabajos en jornadas nocturnas, centros de consumo de bebidas embriagantes y trabajos donde existe riesgo para la moralidad del menor.
- ¿Qué se requiere de las empresas? Adaptaciones a las reglamentaciones internas para considerar el acceso de menores y, en algunos casos, la creación de políticas de apoyo a madres trabajadoras.