a cell phone tower and a cell phone tower with a logo on it and a phone tower with a phone on top, A

Web Editor

AT&T: Tribunal Federal Declara que No Entorpeció la Justicia en la Entrega de Información

El Caso AT&T y el Artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones

Un tribunal federal ha dictado una resolución favorable para AT&T, determinando que la compañía no había intentado obstaculizar el trabajo de las autoridades al entregar información solicitada en relación con el artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR). Este caso, que se remonta a 2017, involucró acusaciones de que AT&T había incumplido con sus obligaciones de colaboración con las instituciones judiciales.

Antecedentes del Conflicto

En los años 2018 y 2019, diversas autoridades judiciales remitieron al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) nueve asuntos relacionados con la presunta falta de colaboración por parte de AT&T en relación con el artículo 190. Este artículo exige a las compañías de servicios móviles compartir información crucial con las autoridades judiciales, como el nombre del usuario, la razón social, el tipo de contrato, el domicilio, la ubicación y los datos de las comunicaciones (voz, video o mensajes cortos).

La Sanción Impuesta por el IFT

Tras analizar las solicitudes de información, el IFT impuso una sanción económica a AT&T, equivalente al 0.01% de sus ingresos anuales en 2017 (aproximadamente un millón de pesos). Sin embargo, AT&T se opuso a esta sanción y presentó una demanda para impugnarla.

La Decisión del Tribunal Colegiado

Después de más de un lustro de litigio, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con Residencia en la Ciudad de México, dio la razón a AT&T. Los magistrados consideraron que no existían elementos objetivos suficientes para demostrar que la compañía había intentado entorpecer el trabajo de las autoridades.

Argumentos Clave del Tribunal

El tribunal determinó que la demora en la entrega de la información se debió a un plazo extremadamente corto (24 o 48 horas) para reunir y enviar datos de nueve usuarios, considerando que AT&T contaba con 13 millones 82 mil usuarios en ese momento. Además, se argumentó que la compañía entregó la información con un promedio de 10 a 36 días naturales, lo cual no indicaba una intención deliberada de obstaculizar la justicia.

La Dificultad para Cumplir con el Artículo 190

El caso pone de manifiesto las dificultades que enfrentan las compañías de telecomunicaciones en México para cumplir con los plazos establecidos por el artículo 190. El plazo de 24 o 48 horas para obtener información precisa sobre millones de usuarios es, en la práctica, casi imposible de cumplir. Además, las compañías deben financiar estos procesos de recopilación de datos.

El Contexto del Mercado Mexicano

En 2017, México contaba con 115.2 millones de líneas celulares activas. Se proyectaba que esta cifra alcanzaría los 155 millones para 2025. Este crecimiento exponencial en el uso de la telefonía móvil y los servicios relacionados, junto con la necesidad de garantizar la seguridad pública y combatir el delito, hace que el artículo 190 sea un tema de gran relevancia.

Solicitudes de Información a AT&T

AT&T recibió entre 10 y 36 días naturales para responder a las solicitudes de información enviadas por las autoridades judiciales. En total, se presentaron 26,082 solicitudes a la compañía entre 2017 y 2018. Estas solicitudes provenían de las siguientes dependencias gubernamentales:

  • Fiscalía del Estado de Oaxaca
  • Fiscalía General de la República
  • Fiscalía del Estado de Coahuila
  • Fiscalía del Estado de Veracruz
  • Fiscalía del Estado de Michoacán
  • Fiscalía del Estado de Veracruz
  • Fiscalía de la Ciudad de México

Análisis del Caso

Este caso es un ejemplo de cómo las regulaciones en el sector de las telecomunicaciones pueden generar desafíos para las empresas, que deben equilibrar sus obligaciones con las autoridades y la necesidad de mantener un servicio eficiente. La resolución del tribunal refleja una valoración de los hechos que considera que no hubo intención de obstaculizar la justicia por parte de AT&T, sino una dificultad para cumplir con los plazos establecidos.

Preguntas y Respuestas Clave

  • ¿Por qué se presentó este caso? Se presentó debido a acusaciones de que AT&T no cumplía con sus obligaciones de colaboración con las autoridades judiciales en relación con el artículo 190 de la LFTR.
  • ¿Qué es el artículo 190 de la LFTR? Este artículo exige a las compañías de servicios móviles compartir información crucial con las autoridades judiciales, como el nombre del usuario y los datos de las comunicaciones.
  • ¿Cuál fue la sanción impuesta por el IFT? El IFT impuso una sanción económica equivalente al 0.01% de los ingresos anuales de AT&T en 2017.
  • ¿Por qué el tribunal dio la razón a AT&T? El tribunal determinó que no existían elementos objetivos suficientes para demostrar que AT&T había intentado obstaculizar la justicia.
  • ¿Qué plazos de entrega se exigieron a AT&T? Se exigió que AT&T respondiera en 24 o 48 horas.