Contexto y Justificación de la Participación Ciudadana
El año 2025 fue un momento crucial para la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Por primera vez, se llevó a cabo un proceso electoral en el ámbito judicial, permitiendo que la ciudadanía participara directamente en la elección de jueces y juezas a nivel federal. Esta iniciativa se produjo tras una reforma constitucional y legal que buscaba modificar el sistema judicial, introduciendo mecanismos de participación ciudadana en la selección de los magistrados.
Este proceso representó un desafío significativo para el TEPJF, no solo en términos de la organización y ejecución del mismo (a cargo principalmente del Instituto Nacional Electoral – INE), sino también en la resolución de impugnaciones y controversias que surgieron a lo largo del proceso. La complejidad radica en la necesidad de equilibrar el principio de la “supremacía constitucional” – que establece la no impugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución– con el derecho fundamental a la participación ciudadana en la selección de los jueces.
Desafíos y Resoluciones del TEPJF
El TEPJF se vio sometido a una serie de solicitudes y recursos que cuestionaban la legalidad y constitucionalidad del proceso electoral judicial. A continuación, se detallan algunos de los casos más relevantes:
- Suspensiones en Amparo: Se presentaron numerosas solicitudes de suspensión de los actos relacionados con la elección judicial, argumentando que las decisiones de jueces de distrito que emitían suspensiones eran válidas. El TEPJF determinó que, si bien no debía analizar la procedencia y alcance de estas decisiones ni resolver conflictos competenciales, sí resolvió que suspender los actos relacionados con el proceso electoral judicial era constitucionalmente inviable.
- Elección Judicial como Mandato Constitucional: En otro caso similar, jueces federales emitieron suspensiones en amparo ordenando detener acciones del Senado y del INE. El TEPJF reiteró que la suspensión de las elecciones judiciales no era viable, argumentando que se trataba de un mandato constitucional que impone deberes específicos a diversas autoridades (INE, Senado, Ejecutivo Federal y Poder Judicial), y que, al ser un proceso regido por los principios de la materia electoral y el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, no era viable suspender los actos que lo integran.
- Casillas Únicas y Cómputo de Votos: El INE implementó casillas únicas y criterios específicos para el escrutinio y cómputo de votos. Posteriormente, se presentaron impugnaciones a esta determinación, que fueron resueltas por el TEPJF de manera favorable al INE, considerando válido el mecanismo para la contabilidad de los votos, distinto al de las elecciones políticas.
- Imposibilidad de Recuento de Votos: El TEPJF resolvió que no existía una base legal para realizar un recuento de votos, ya que no estaba contemplado en la legislación.
- Uso de Acordeones: Se presentó ante el Pleno un proyecto de sentencia que proponía anular la elección de ministras y ministros de la Corte por el presunto uso indebido de guías de votación o acordeones. El TEPJF, por mayoría de votos (incluido mi voto), determinó que no se presentaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada para influir indebidamente en el voto. No se acreditaron circunstancias que permitieran saber quién o quiénes elaboraron o difundieron tales acordeones, ni se probó que un ciudadano plenamente identificado haya sido presionado para votar en un sentido determinado.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Por qué fue necesario el proceso electoral judicial? Debido a una reforma constitucional y legal que buscaba introducir mecanismos de participación ciudadana en la selección de jueces y jueces a nivel federal.
- ¿Cuál fue el principal desafío para el TEPJF? Equilibrar la “supremacía constitucional” con el derecho a la participación ciudadana en la selección de jueces, al resolver impugnaciones y controversias que surgieron durante el proceso.
- ¿Qué resolvió el TEPJF respecto a las suspensiones en amparo? Determinó que suspender los actos relacionados con el proceso electoral judicial era constitucionalmente inviable, sin analizar la procedencia de las decisiones de los jueces de distrito que las emitieron.
- ¿Por qué se consideró válido el mecanismo de contabilidad de votos implementado por el INE? Debido a que no se consideró que violara los principios de la materia electoral y el derecho a la participación ciudadana.
- ¿Qué resolvió el TEPJF con respecto al uso de acordeones? Que no se presentaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de una estrategia ilícita y coordinada que haya influido en el voto.



