El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución que confirma la constitucionalidad del artículo 141, fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Penales. Esta decisión, tomada por unanimidad, establece que en ciertas circunstancias, las autoridades pueden recurrir a la orden de aprehensión como medio para asegurar la presencia del imputado ante un Juez de Control, lo que facilita el inicio y desarrollo del proceso penal.
Contexto de la Decisión
La SCJN ha revisado un amparo en revisión (número 365/2025), que fue presentado por una persona cuyo nombre no se revela en esta noticia, pero cuya situación particular justificó la necesidad de analizar este aspecto del Código Nacional de Procedimientos Penales. La resolución, presentada por Yasmín Esquivel Mossa, un ministro de la Corte, subraya la importancia de equilibrar los derechos del imputado con las necesidades de garantizar el debido proceso y la seguridad jurídica.
¿Qué Significa la Orden de Aprehensión?
La orden de aprehensión es una medida cautelar que permite a las autoridades llevar al imputado ante un Juez de Control. No se trata simplemente de una detención cualquiera; la orden de aprehensión solo puede ser emitida cuando existen razones específicas que demuestren que otras formas de conducción al proceso penal son insuficientes. Esto significa que la decisión debe basarse en circunstancias concretas y justificadas por el fiscal.
Causales para la Emisión de la Orden de Aprehensión
La SCJN ha definido tres tipos principales de situaciones que pueden justificar la emisión de una orden de aprehensión:
- Riesgo de Sustracción: Cuando existe un riesgo real y demostrable de que el imputado se escape o intente evadir la acción de la justicia.
- Riesgo para las Víctimas y Testigos: Si la presencia del imputado en el lugar de los hechos o en su entorno representa un peligro para las víctimas, los ofendidos o los testigos.
- Peligro para la Investigación: Si la detención o el traslado del imputado, de alguna manera, pone en riesgo el desarrollo adecuado de la investigación.
Validación del Artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Además de analizar el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la SCJN también validó el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Este artículo permite a los acreedores oponerse a una fusión de empresas si existen adeudos pendientes. La ley establece que los acreedores pueden resistir la fusión a través de mecanismos como:
- Pago de Adeudos: El acreedor puede optar por pagar el monto adeudado.
- Depósito en Institución de Crédito: El acreedor puede depositar el monto adeudado en una institución financiera.
- Consentimiento de Todas las Partes: Se requiere el consentimiento unánime de todos los acreedores para que la fusión pueda llevarse a cabo.
Implicaciones de la Decisión
Esta resolución de la SCJN tiene implicaciones importantes para el sistema de justicia penal. Al permitir la orden de aprehensión en casos específicos, la Corte busca asegurar que se respeten los derechos del imputado, pero también que se protejan los intereses de la justicia y se garantice el correcto desarrollo del proceso penal. La decisión refleja una postura que equilibra la protección de los derechos individuales con las necesidades de garantizar la seguridad jurídica y la eficacia del sistema.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Qué es una orden de aprehensión? Es una medida cautelar que permite llevar al imputado ante un Juez de Control, cuando otras formas de conducción al proceso penal son insuficientes.
- ¿Cuáles son las causales para emitir una orden de aprehensión? El riesgo de sustracción, el riesgo para las víctimas y testigos, o el peligro para el desarrollo de la investigación.
- ¿Qué implica la validación del artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles? Permite a los acreedores oponerse a una fusión si existen adeudos pendientes, ofreciendo mecanismos para proteger sus intereses financieros.



