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Impuestos a Refrescos, Cigarros y Videojuegos: Debate en la Cámara de Diputados

Discusión sobre los “Impuestos Saludables”

La Comisión de Hacienda y Crédito Público en la Cámara de Diputados está llevando a cabo una intensa discusión sobre los dictámenes relacionados con la Ley de Ingresos de la Federación 2026 y la Ley Federal de Derechos 2026, junto con modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF). El objetivo principal es fortalecer el combate contra las factureras y, específicamente, revisar los impuestos a productos como refrescos saborizados, cigarros y videojuegos. Esta iniciativa busca implementar lo que el gobierno federal ha denominado “impuestos saludables,” con la intención de promover hábitos más saludables y recaudar mayores ingresos fiscales.

El debate se centra en la modificación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Originalmente, se proponía un aumento significativo en el IEPS aplicado a los refrescos saborizados. Sin embargo, la comisión ha propuesto una modificación importante: se busca eximir del pago de IEPS a los sueros orales que cumplan con la fórmula establecida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para las Sales de Rehidratación Oral (SRO). Esta fórmula específica exige que los sueros orales contengan glucosa anhidra, cloruro de potasio, cloruro de sodio y trisodio.

La razón detrás de esta exclusión es evitar que el mercado de sueros orales se convierta en un terreno fértil para el contrabando y la evasión fiscal. La diputada Patricia Flores de Movimiento Ciudadano ha criticado esta modificación, argumentando que el IEPS sigue siendo un impuesto regresivo, lo que significa que recae principalmente en el consumidor final y no en quienes operan redes de contrabando o grandes evasores. El objetivo, según el gobierno, es desincentivar la producción y comercialización de sueros orales que no cumplan con los estándares de salud establecidos, reduciendo así la demanda de productos que contienen azúcares u otros aditivos no contemplados en la fórmula OMS.

Cambios Propuestos al Código Fiscal de la Federación

Además de los cambios en el IEPS, la comisión legislativa está proponiendo modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF). En particular, se busca establecer límites más estrictos al acceso en tiempo real que tendrán las autoridades fiscales a los sistemas de información de las plataformas digitales.

La propuesta original del Ejecutivo establecía que las plataformas digitales tenían la obligación de dar acceso al fisco “a la información que obre en sus sistemas o registros y relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen”. Sin embargo, la comisión ha modificado el artículo 30-B del CFF para asegurar que las plataformas solo puedan permitir el acceso a la información necesaria para comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Esta modificación busca evitar posibles abusos y garantizar que las autoridades fiscales puedan verificar de manera efectiva el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las plataformas digitales. El objetivo es mejorar la eficiencia y la precisión en la recaudación de impuestos, al tiempo que se limita el acceso a información no relevante para la verificación del cumplimiento fiscal.

Preguntas y Respuestas Clave

  • ¿Cuál es el objetivo principal de los “impuestos saludables”? El objetivo es promover hábitos más saludables y recaudar mayores ingresos fiscales mediante la modificación de los impuestos a productos como refrescos saborizados, cigarros y videojuegos.
  • ¿Qué se propone para los sueros orales? Se busca eximir del pago de IEPS a los sueros orales que cumplan con la fórmula establecida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para las Sales de Rehidratación Oral (SRO).
  • ¿Qué ingredientes deben tener los sueros orales para ser exentos del impuesto? Deben contener glucosa anhidra, cloruro de potasio, cloruro de sodio y trisodio.
  • ¿Por qué se propone limitar el acceso a la información de las plataformas digitales? Para evitar posibles abusos y garantizar que las autoridades fiscales puedan verificar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • ¿Qué artículo del Código Fiscal se modifica? Se modifica el artículo 30-B del CFF.