Una nueva ley de telecomunicaciones en México plantea un escenario complejo para las emisoras de radio y televisión social, al establecer que la vigencia de una concesión terminará cuando fallezca el titular original. Esta medida, detallada en el artículo 98 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), podría poner en riesgo el funcionamiento de numerosas estaciones sociales, especialmente aquellas con sus concesionarios como personas físicas.
El Problema de los Titulares Físicos
La ley actual, al vincular la continuidad de una concesión a la vida del titular físico – ya sea el fundador o el actual operador – presenta un riesgo significativo. Si una de estas personas fallece antes del vencimiento del plazo de la concesión, la frecuencia asignada a la emisora social se devuelve al Estado. Esto obliga a las estaciones sociales a tomar medidas preventivas, como la creación de organizaciones civiles para mantener el control de la frecuencia en caso de fallecimiento del titular original.
El Impacto en las Emisoras Sociales
En México, existen aproximadamente 70 emisoras de radio y televisión de tipo social que dependen de concesiones otorgadas a personas físicas. Un número significativo de estas emisoras están operadas por individuos que han mantenido la concesión durante décadas. La nueva ley, al no considerar un régimen transitorio para estos casos, expone a estas emisoras a la posibilidad de perder su señal si sus titulares fallecen. La situación es particularmente preocupante para las emisoras con concesionarios que se acercan a la edad de 70 o más años, como el caso de las estaciones XHCANQ-FM (Cancún) con 92 años, XHAAL-FM (Saltillo) con 87 años y XHYAM-FM/XHRTO-FM (Felipe Carrillo Puerto) con 74 años, entre otras. Además, la estación XEARZ-AM (Ciudad de México) opera 6 estaciones diferentes, incluyendo XHARZ-FM y XHZER-TDT (Aguascalientes).
Organizaciones Civiles: Una Solución Temporal
Para mitigar este riesgo, las emisoras sociales están siendo obligadas a formar organizaciones civiles. Esta medida busca asegurar que la frecuencia no se pierda en caso de fallecimiento del titular original, ya que las organizaciones civiles serán quienes mantengan el control y la operación de la estación. Sin embargo, este cambio también abre la puerta a posibles estrategias para que radiodifusores comerciales creen entidades con fachada de organizaciones civiles, buscando obtener una concesión social.
La Legitimación de la Vida del Titular
El debate sobre esta ley se centra en si es justo que la vida del titular físico determine la continuidad de una concesión. Algunos argumentan que se debe respetar el derecho del titular a disfrutar de su concesión hasta el final de su vida, mientras que otros consideran que la ley debe ser más flexible y considerar factores como la salud del titular. El profesor Agustín Ramírez de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac, señala que existe un fallo normativo en la redacción de la ley, y que se debe analizar el proceso legislativo para entender cómo surgió esta problemática.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Qué establece la nueva ley de telecomunicaciones? La ley indica que la vigencia de una concesión de radio o televisión social termina al fallecer el titular original.
- ¿Cuál es el principal problema para las emisoras sociales? El riesgo de perder su señal si el titular fallece antes del vencimiento de la concesión.
- ¿Qué medidas están tomando las emisoras sociales? Están creando organizaciones civiles para mantener el control de la frecuencia en caso de fallecimiento del titular.
- ¿Por qué es importante considerar la edad del titular? Debido a que existen emisoras con titulares que se acercan o han superado los 70 años de edad.
- ¿Existe un debate sobre la legitimidad de esta ley? Sí, existe un debate sobre si es justo que la vida del titular determine la continuidad de la concesión.