Entendiendo los límites del seguro de depósito
Como usuario del sistema financiero, es fundamental comprender qué protege tus ahorros en los bancos. Sin embargo, incluso más importante es saber hasta dónde llega la protección que ofrece el seguro de depósito del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB). El reciente caso que involucró a CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa ha puesto de manifiesto la necesidad de entender los límites de esta garantía, revelando qué productos y operaciones no están cubiertos por el seguro.
El seguro de depósito, diseñado para proteger los fondos de los ahorristas en caso de quiebra de una institución financiera, no abarca todos los tipos de inversiones y operaciones financieras. Es crucial conocer estos límites para evitar sorpresas desagradables.
- Inversiones en sociedades de inversión: El seguro no cubre inversiones realizadas a través de estas entidades, ni tampoco las que se realicen en aseguradoras, cajas de ahorro, sociedades de ahorro y préstamo, o bancos de desarrollo.
- Obligaciones a favor de entidades financieras: El seguro no protege las obligaciones que se deben a otras instituciones financieras, ya sean nacionales o extranjeras, ni tampoco a sociedades que formen parte del grupo financiero del banco.
- Obligaciones a favor de accionistas y altos directivos: El seguro no cubre las obligaciones que se deben a los accionistas, miembros del consejo de administración o funcionarios de alto nivel.
- Operaciones con títulos negociables o al portador: El seguro no cubre las operaciones que involucran estos tipos de títulos, así como aquellas que no cumplen con las disposiciones legales o que no se realizan siguiendo buenas prácticas bancarias.
Por otro lado, el IPAB sí cubre los depósitos bancarios a la vista y a plazo, así como cuentas de ahorro, cuentas de nómina y productos similares que se ofrecen en las instituciones bancarias. Esta cobertura está limitada a un monto máximo de 400,000 Unidades de Inversión (UDIS) por persona y por banco, lo que equivale a poco más de 3 millones de pesos. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recomienda considerar este monto como un límite máximo para el ahorro por banco, asegurando así que los recursos estén protegidos.
Avanza el proceso por presunto lavado de dinero
Esta semana se anunciaron multas impuestas en junio por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a CIBanco, Intercam y Vector. En conjunto, las sanciones ascienden a casi 185 millones de pesos, derivadas principalmente de fallas en la prevención de lavado de dinero.
Estas multas corresponden a los días 25 y 26 de junio, fechas cercanas a las acusaciones emitidas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos y la intervención administrativa de la CNBV.
“Las multas responden a hallazgos administrativos de la CNBV. Falta ver si derivan en denuncias penales ante la Fiscalía General de la República o la Unidad de Inteligencia Financiera”, señaló Mario Di Costanzo, expresidente de la Condusef.
Paralelamente, el FinCEN —unidad de inteligencia financiera de Estados Unidos— otorgó una prórroga de 45 días para que las instituciones involucradas presenten información y evidencias requeridas.
¿Qué significa esto para los cuentahabientes?
Carlos Ramírez, socio codirector de Integralia, subrayó que la situación para los cuentahabientes no ha cambiado. Las sanciones no implican riesgos inmediatos para sus recursos.
“Lo único nuevo en el caso ha sido el traspaso de fideicomisos a Nacional Financiera y la prórroga del FinCEN. No hay indicios de problemas de liquidez ni de riesgo para los ahorradores”, indicó.
Para quienes tienen créditos con las instituciones involucradas, es importante seguir pagando puntualmente. Si alguna entidad dejara de operar, su cartera sería transferida o vendida, pero las deudas no se cancelan.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Qué cubre exactamente el seguro del IPAB? El seguro cubre los depósitos bancarios a la vista y a plazo, así como cuentas de ahorro, cuentas de nómina y productos similares ofrecidos por las instituciones bancarias, hasta un límite de 400,000 UDIS por persona y banco.
- ¿Qué no cubre el seguro? El seguro no cubre inversiones en sociedades de inversión, aseguradoras, cajas de ahorro, bancos de desarrollo, obligaciones a entidades financieras (nacionales o extranjeras), fideicomisos, títulos negociables al portador y operaciones que no cumplen con las regulaciones.
- ¿Implican las multas un riesgo para mis ahorros? No, las sanciones no implican riesgos inmediatos de liquidez o pérdida de fondos.
- ¿Qué debo hacer si tengo un crédito con alguna de las instituciones involucradas? Es importante seguir pagando puntualmente. Si la institución deja de operar, su cartera será transferida o vendida, pero las deudas no se cancelan.