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Promoción del Voto en Elecciones Judiciales: Modificaciones y Autoridades Permitidas

Contexto de la Disputa

Las elecciones judiciales en México, programadas para el 1º de junio, son un proceso fundamental para la independencia del Poder Judiciario. La legitimidad de estas elecciones depende en gran medida de la participación informada y consciente de los ciudadanos. Ante este escenario, el Instituto Nacional Electoral (INE) había establecido reglas que limitaban quiénes podían participar en la promoción del voto y la participación ciudadana, buscando evitar el proselitismo y asegurar una elección justa e imparcial. Estas restricciones generaron controversia, siendo impugnados los criterios establecidos por el INE.

La Controversia Inicial: Restricciones del INE

El INE, a través del acuerdo CG334/2025, había prohibido que instituciones públicas, entidades gubernamentales, servidores públicos y ministros de culto participaran en la promoción del voto y la participación ciudadana. Esta medida se justificaba con el objetivo de evitar que el proceso electoral se convirtiera en una herramienta para la promoción de intereses políticos o partidistas, garantizando así la equidad y la imparcialidad en la elección de jueces y jueces.

La Decisión del TEPJF: Modificación de los Criterios

Ante la impugnación del acuerdo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) intervino y resolvió modificar los criterios establecidos por el INE. La Sala Superior del TEPJF consideró que no era adecuado que el INE tuviera atribuciones exclusivas para la promoción del voto en las elecciones judiciales. El TEPJF argumentó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga a los Poderes de la Unión – Ejecutivo, Legislativo y Judicial – un papel preponderante en el proceso electoral de los jueces. Esto incluye la emisión de convocatorias, la conformación de comités de evaluación y la aprobación de los listados remitidos al Senado. El TEPJF determinó que, dada la naturaleza particular de las elecciones judiciales – donde se elige a los jueces y jueces – no era necesario que el INE tuviera un control exclusivo sobre la promoción del voto.

Quiénes Pueden Promover el Voto y Participar

Tras la resolución del TEPJF, se establecieron los siguientes criterios para la promoción del voto y la participación ciudadana en las elecciones judiciales:

  • Poderes de la Unión y Entidades Federativas: Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como las entidades federativas y sus integrantes, están autorizados a promover el voto.
  • Servidores Públicos: Los servidores públicos, actuando dentro de sus competencias con fines institucionales y educativos, pueden participar en la promoción.
  • OPLEs: Las Oficialías de Partidos Electorales (OPLEs) también están autorizadas.

Se enfatizó que esta promoción debe realizarse con equidad, imparcialidad y neutralidad, cumpliendo estrictamente con la ley. Se prohibió el uso de propaganda personalizada y se limitó el uso de recursos públicos a la difusión institucional y educativa.

Lineamientos para la Promoción

  • Evitar el Proselitismo: Se debe evitar cualquier forma de proselitismo o intento de influir en la decisión del elector.
  • Propaganda Institucional: La información debe ser de carácter institucional y educativo, evitando mensajes partidistas.
  • Uso Lícito de Recursos Públicos: El uso de recursos públicos debe ser lícito y transparente.
  • Evitar Identificación: En spots y propaganda en internet de entidades públicas (excepto INE y OPLEs), no se debe identificar a la autoridad emisora con nombres o logotipos.
  • Prohibición para Candidatos: Las personas candidatas no pueden participar en la propaganda institucional difundida.

Conclusión: Equilibrio y Legitimidad

La resolución del TEPJF busca asegurar que las elecciones judiciales en México sean un proceso democrático sólido y legítimo. Al permitir la participación de los Poderes de la Unión y otras entidades públicas, se busca evitar que el proceso electoral se convierta en un instrumento para la promoción de intereses políticos. El objetivo es garantizar que los ciudadanos puedan participar informados y libres, contribuyendo a la elección de jueces y jueces con base en sus méritos y capacidades.

Preguntas y Respuestas Clave

  • ¿Quiénes estaban prohibidos de participar en la promoción inicial? Las instituciones públicas, entidades gubernamentales, servidores públicos y ministros de culto.
  • ¿Por qué el TEPJF modificó los criterios del INE? Considerando que la Constitución otorga a los Poderes de la Unión un papel preponderante en las elecciones judiciales.
  • ¿Quiénes están autorizados a promover el voto ahora? Los Poderes de la Unión, las entidades federativas y sus integrantes, los servidores públicos (con fines institucionales), y las OPLEs.
  • ¿Qué tipo de propaganda está permitida? Propaganda institucional y educativa, evitando el proselitismo y la identificación con partidos políticos.