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Regresión en la Ley Telecom: ¿Un Estancamiento Digital para México?

Elaborando un Nuevo Marco Regulatorio: ¿Avance o Retroceso?

Tras una prolongada serie de foros públicos, debates intensos y críticas provenientes de la industria del telecomunicaciones, académicos, analistas y la sociedad civil, se ha aprobado finalmente la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Sin embargo, este nuevo marco legal ha generado preocupación, ya que se considera un paso atrás en la regulación del sector, abandonando los principios de competencia intensificada, autonomía regulatoria y fortalecimiento institucional que se habían establecido con la Reforma de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2013.

Cambios Superficiales: ¿Qué se Eliminó y Qué se Creó?

Si bien la nueva ley eliminó algunos de los artículos más controvertidos que habían sido objeto de debate, el espíritu general de la reforma apunta hacia una regresión institucional y normativa. Entre los cambios más destacados, se encuentra la eliminación del artículo 109, que previamente facultaba al gobierno para bloquear temporalmente plataformas digitales. Asimismo, se añadió la obligación de realizar consultas públicas para emitir normas y lineamientos, buscando un proceso más transparente. Pero quizás el cambio más significativo fue la creación de una nueva figura regulatoria: la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).

La CRT: Un Regulador Descentralizado y con Limitada Autonomía

La CRT, a diferencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que antes era un órgano constitucional autónomo, se crea como parte de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), una entidad desconcentrada del Ejecutivo. Aunque se le otorgan ciertas facultades técnicas y la posibilidad de emitir Normas Oficiales Mexicanas, su independencia se ve comprometida por el hecho de que sus comisionados serán designados por la presidenta del país y ratificados por el Senado. Esto representa una vulneración a los principios de imparcialidad, autonomía y contrapesos en la regulación sectorial, elementos cruciales para un sistema regulatorio eficiente y confiable.

El Ejecutivo con Mayor Poder Regulatorio

La nueva ley permite al Ejecutivo, ya sea directamente o a través de la CRT, expedir disposiciones administrativas para regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones. Esto implica una centralización del poder regulador en manos del Ejecutivo, alejándose de la figura técnica y colegiada que representaba el IFT. Esta dinámica podría resultar en una menor capacidad para responder a las necesidades específicas del sector y una mayor influencia política en la toma de decisiones.

Preocupaciones por la Protección de Datos y la Vigilancia

Un aspecto particularmente preocupante es el artículo 183 del dictamen, que mantiene la exigencia de colaboración con autoridades (de seguridad y procuración de justicia) para geolocalizar equipos terminales en tiempo real, como los Smartphones. Además, exige a los concesionarios conservar un registro de comunicaciones con datos sobre las mismas (duración, origen y destino, ubicación de las líneas), así como el nombre y domicilio del suscriptor. Esta disposición se mantiene sin establecer salvaguardas claras, pero manteniendo la inviolabilidad de las comunicaciones en sí mismas. En conjunto con la obligación impuesta a los operadores (tradicionales o MVNOs) de mantener activas sólo las líneas de los usuarios que proporcionen una identificación que contenga su CURP (artículo 103), se crea un sistema de vigilancia y control que podría afectar la privacidad de los usuarios.

Espectro, Neutralidad y la Persistencia del Modelo Recaudatorio

La nueva ley contempla el acceso a descuentos sobre el pago por el uso del espectro radioeléctrico, a cambio de obligaciones de cobertura. Sin embargo, no se replantea estructuralmente el modelo de cobro, que sigue orientado a fines meramente recaudatorios, fuera de alinearse con objetivos de cobertura y asequibilidad. Esto continúa mermando los incentivos a la inversión en infraestructura, obstaculizando el desarrollo de redes más amplias y eficientes.

Por otro lado, la inclusión del principio de “neutralidad a la competencia” busca asegurar que el Estado mexicano pueda proporcionar servicios a usuarios finales y a través de concesiones de uso comercial en igualdad de condiciones con los operadores privados. Si bien este principio es positivo, su implementación efectiva depende de la voluntad política y la capacidad para evitar que se convierta en una mera formalidad.

De la Reforma a la Regresión: Un Estancamiento Potencial

La versión corregida de la Ley pretende ser una respuesta a las críticas, pero solo maquilla los elementos más controvertidos sin abordar el fondo del problema. Con un regulador débil, normas ambiguas sobre colaboración con la justicia y sin incentivos reales a la inversión y la competencia, el nuevo marco legal representa más una regresión que una evolución. México no necesitaba una nueva Ley que remendara lo existente, sino una reforma que consolidara lo ganado y apuntara al futuro digital. En cambio, lo que se ofrece es un texto normativo que se queda en principios básicos ya alcanzados, sin una regulación fortalecida.

Preguntas y Respuestas Clave

  • ¿Qué ha cambiado en la estructura regulatoria del sector? La creación de la CRT, un órgano descentralizado y con comisionados designados por el Ejecutivo, en lugar del IFT autónomo.
  • ¿Qué implica la nueva ley en términos de protección de datos? Mayor vigilancia y control sobre los usuarios, con la obligación de registrar información detallada sobre sus comunicaciones.
  • ¿Cómo afecta el modelo de cobro del espectro? Se mantiene un enfoque en la recaudación, sin incentivar la inversión y la cobertura.
  • ¿Por qué se considera que la ley representa una regresión? Debido a la pérdida de autonomía regulatoria, la centralización del poder y la falta de incentivos para la competencia y la inversión.