La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión trascendental al aceptar revisar el juicio de amparo directo 104/2021, promovido por Mario Aburto. Esta decisión fue solicitada tanto por la Fiscalía General de la República (FGR) como por magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, y representa un nuevo intento de cuestionar su condena por el homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta.
Antecedentes del Caso
El caso Mario Aburto es uno de los más emblemáticos y controvertidos en la historia reciente de México. En 1994, Mario Aburto fue condenado a 45 años de prisión por el asesinato del candidato presidencial del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Luis Donaldo Colosio Murrieta. Este evento tuvo un impacto profundo en la política mexicana, generando una gran controversia y cuestionamientos sobre la legalidad del proceso.
¿Por qué el Supremo Corte revisa el caso?
La SCJN está considerando si la condena original se aplicó correctamente, basándose en el Código Penal Federal o en las leyes penales de Baja California, donde la pena máxima por este tipo de delito es de 30 años. Aburto argumenta que el homicidio fue un delito local y, por lo tanto, debería ser juzgado ante una autoridad competente de Baja California, donde ya cumplió con la pena máxima.
Argumentos de Mario Aburto
- Delito Local: Aburto sostiene que el crimen se desarrolló en Baja California y, por lo tanto, debe ser juzgado ante las autoridades de ese estado.
- Código Penal Inconstitucional: Argumenta que el artículo 10, párrafos segundo y tercero, del Código Federal de Procedimientos Penales, que se aplicó en su caso, es inconstitucional porque vulnera el principio de seguridad jurídica y la competencia entre los fueros federales y estatales.
- Principio de Mayor Beneficio: Aburto insiste en que, al momento del juicio de amparo, se identificaron múltiples violaciones procesales que afectan su derecho a la libertad y a un juicio justo.
La Defensa del Tribunal Colegiado de Circuito
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que originalmente dictó la condena, argumentó que se debe aplicar el principio de mayor beneficio. Este principio establece que, en casos donde existen múltiples irregularidades procesales, se debe priorizar la resolución del caso de manera que se maximice el beneficio para el acusado. En este caso, los magistrados resaltaron que las violaciones procesales identificadas en el juicio de amparo generaban un mayor impacto en la libertad y los derechos de Aburto.
El Principio de Mayor Beneficio
El principio de mayor beneficio es un concepto clave en el sistema de amparo mexicano. Se utiliza para determinar qué violación procesal debe ser corregida en un juicio de amparo, priorizando aquella que cause el mayor daño al derecho fundamental del demandante. En este caso, la SCJN deberá determinar si las violaciones procesales identificadas en el juicio de amparo son suficientes para justificar una nueva revisión del caso.
Contexto Histórico y Político
El asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta fue un evento que conmocionó a México y tuvo profundas implicaciones políticas. La investigación y el juicio en torno al caso fueron marcados por controversias, acusaciones y dudas sobre la veracidad de las pruebas. La decisión de la SCJN en este caso de amparo podría tener un impacto significativo no solo para Mario Aburto, sino también en la percepción pública sobre el proceso penal y la justicia en México.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Por qué la SCJN está revisando el caso? La FGR y los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal solicitaron a la SCJN que revisara el juicio de amparo directo 104/2021, promovido por Mario Aburto.
- ¿Cuál es la condena actual de Mario Aburto? Aburto fue condenado a 45 años de prisión por el homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta.
- ¿Qué leyes se están considerando en el caso? Se están considerando tanto el Código Penal Federal como las leyes penales de Baja California.
- ¿Qué es el principio de mayor beneficio? Es un criterio que establece que, en casos con múltiples violaciones procesales, se debe priorizar la resolución del caso de manera que se maximice el beneficio para el acusado.



