El Tribunal Electoral Federal se acerca a confirmar la validez de las elecciones para el cargo de magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) Federal. Esta semana, la Sala Superior del Tribunal Electoral analizará las impugnaciones presentadas contra la declaración de validez, la asignación y entrega de constancias de mayoría a los cinco primeros integrantes del TDJ. Sin embargo, unánimemente, los magistrados han rechazado las acusaciones de manipulación y falta de transparencia en el proceso.
El Caso: Acordeones y Publicidad en Redes Sociales
Las impugnaciones presentadas buscaban demostrar que la elección fue influenciada por dos factores: la distribución masiva de “acordeones” (materiales con instrucciones para votar) y el uso de publicidad pagada en redes sociales. Se argumentaba que estos elementos, combinados, podrían haber afectado el resultado de las elecciones y justificar la declaración de nulidad.
El Argumento del Magistrado Felipe de la Mata Pizaña
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, a cargo del proyecto que se está evaluando, ha presentado un sólido argumento en contra de las impugnaciones. Su posición fundamental es que no existen pruebas suficientes para demostrar que la elección fue manipulada. En su proyecto, el magistrado destaca lo siguiente:
- Falta de evidencia de una estrategia ilícita: No se ha acreditado la existencia de una estrategia coordinada, sistemática y generalizada para influir en el voto de los ciudadanos a través de la distribución masiva de acordeones o guías de votación.
- Ausencia de pruebas de coacción: No se ha probado que un ciudadano haya sido presionado para votar de una manera específica. En otras palabras, no hay evidencia de que se haya utilizado la fuerza o la intimidación para influir en el voto.
- Falta de pruebas de financiamiento paralelo: Se han desechado las acusaciones relacionadas con publicidad pagada en redes sociales. El magistrado argumenta que los documentos presentados no son suficientes para demostrar que se realizó un financiamiento paralelo a las campañas.
Desestimación de otras impugnaciones
Además de las acusaciones relacionadas con los acordeones y la publicidad en redes sociales, se presentaron otras impugnaciones que también fueron rechazadas. Estas incluían:
- Limitación del voto: Se desestimaron las acusaciones de que se limitó el derecho al voto debido a una división arbitraria de circuitos judiciales.
- Participación de servidores públicos: Se rechazó la acusación de que funcionarios y servidores públicos participaron en la promoción de la elección.
Jurisprudencia y Estándares de Prueba
El magistrado enfatiza que la Sala Superior ha establecido una jurisprudencia clara: para declarar la nulidad de una elección, es necesario demostrar conductas especialmente graves y sustanciales que hayan sido plenamente acreditadas. Simplemente basarse en “conjeturas o especulaciones” y documentos privados no es suficiente. La Sala Superior exige pruebas sólidas que demuestren una manipulación real y efectiva del proceso electoral.
Preguntas y Respuestas Clave
- ¿Se presentaron pruebas de la distribución masiva de acordeones? No. El magistrado argumenta que los documentos presentados no son suficientes para demostrar la distribución masiva de acordeones.
- ¿Se probó que hubo publicidad pagada en redes sociales? No. Los documentos presentados no son suficientes para demostrar la existencia de publicidad pagada en redes sociales ni financiamiento paralelo.
- ¿Qué se requiere para declarar la nulidad de una elección? Se requiere demostrar conductas especialmente graves y sustanciales que hayan sido plenamente acreditadas, no solo con conjeturas o especulaciones.
- ¿Se probó la coacción al voto? No, no se presentaron pruebas que demostraran que los ciudadanos fueron presionados para votar de una manera específica.